Realizadas las actuaciones correspondientes el menor fue conducido a la Sede de Fiscalía de la ciudad de Libertad y Juzgado Letrado de 3er. Turno, donde finalizadas ambas instancias
se dictó Sentencia Nº 14/2023 por la cual se condenó al adolescente A.N.G.F de 17 años, “Como Autor Penalmente Responsable de UNA INFRACCIÓN GRAVE A LA LEY PENAL TIPIFICADA COMO UN DELITO DE TRÁFICO INTERNO DE ARMAS DE FUEGO Y MUNICIONES EN REITERACIÓN REAL CON UN DELITO DE PORTE Y TENENCIA DE ARMAS DE FUEGO EN LUGARES PÚBLICOS, a la pena de ocho meses de medida socio educativa en régimen de Libertad a Prueba atento a su condición de primario y a lo dispuesto en el Art. 295 bis CPP (en la redacción dada por el Art. 31 de la Ley 19.889), asumiendo el cumplimiento de las siguientes obligaciones:
a) residir en un lugar determinado donde sea posible la supervisión de INISA.
b) Sujetarse a la orientación y vigilancia permanente de dicha Institución.
c) presentarse una vez por semana en la Seccional Policial correspondiente al domicilio fijado.
d) prestación de servicios comunitarios, a realizarse cuatro horas semanales durante sesenta días, que deberán coordinarse con INISA.
e) concurrir a un programa socio educativo a cargo de INAU, por el período que dure la condena”.
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